
Qué es el Modelo 720 y por qué es tan importante
El Modelo 720 es una declaración informativa obligatoria sobre tus bienes fuera de España.
No es un impuesto donde tengas que pagar dinero extra. Es simplemente contarle a Hacienda qué tenés en el extranjero para que ellos estén informados.
¿Quiénes están obligados a declarar?
Estás obligado si sos residente fiscal aquí y tenés bienes afuera. Esto aplica si superás los 50.000 € en alguno de estos tres grupos:
- Cuentas bancarias en el exterior (en pesos, dólares o euros).
- Inversiones, acciones o criptomonedas en plataformas extranjeras.
- Inmuebles o derechos sobre propiedades.
Plazos y condiciones
Tenés tiempo hasta el 31 de marzo para presentar esta declaración. Se hace una vez y solo se repite si tus bienes varían en más de 20.000 €.
Ojo, porque no presentarla puede traer sanciones. Hacienda controla esta información aunque el trámite sea, en principio, puramente informativo para ellos.
Modelo 720: dudas frecuentes para la comunidad
Le hicimos algunas preguntas a la asesora contable Andrea Casado sobre este tema que interesa a la Comunidad Argentina residentes en Catalunya:
– ¿Qué pasa si comparto la titularidad de por ejemplo un departamento en Argentina con mis hermanos? ¿Tengo que presentar esta declaración?
– Sí, siempre que el valor del inmueble o el conjunto de inmuebles superen los 50.000 € habrá obligación de informar, con independencia del número de titulares sobre el mismo. Se informará del valor de adquisición total del bien, indicando el porcentaje de participación.
– Lo mismo ocurrirá respecto de cualquiera de los tipos de bienes y derechos recogidos en estas tres obligaciones de información cuando existan varios titulares.
– Te doy otro ejemplo: Si con mi marido tenemos una casa en Argentina, pero solo está a nombre de él, ¿debo declarar igual?
– Cuando la titularidad de un bien o derecho ganancial corresponde a uno de los cónyuges, ambos cónyuges tienen obligación de presentar la declaración.
– El cónyuge titular deberá marcar la condición de declarante “Titular”, y un porcentaje de participación del 100%. El otro cónyuge marcará la condición de declarante “Otras formas de titularidad real”, indicando un porcentaje de participación del 50%.
– Si tengo pasaporte europeo y NiE Español, ¿también lo tengo que presentar?
– Siempre que tengas la residencia fiscal en España tendrás que declarar aquí tus impuestos por tus ingresos y obligaciones a nivel mundial. La residencia fiscal no tiene que tramitarse aparte, la adquieres de forma automática por el hecho de pasar más de 183 días en territorio español, pero no tiene que ver con el permiso, visado o tipo de residencia que te haya otorgado extranjería.
Consejo útil de Andrea Casado: Si durante el 2025 pasaste más de 183 días en España, tu residencia fiscal está aquí, independientemente de tu situación administrativa o tipo de visado. Por eso, mucha atención: si tenés inmuebles o ahorros en el exterior y planeás venderlos, donarlos o transferirlos a España, tenés la obligación de informarlo previamente a Hacienda.
Conclusión, agradecimiento y contacto
Si tenés bienes fuera de España y vivís en Catalunya, revisar tu situación fiscal a tiempo puede evitar sanciones y trámites innecesarios.
Agradecemos el asesoramiento de Andrea Casado, de AC Asesoría Contable.
Contacto: asesoria@acontable.es | Teléfono: +34 625 562 372 | Instagram @acontable.es

